lunes, 1 de octubre de 2012

El Constitucional francés no mata las corridas de toros

Dos movimientos antitaurinos habían presentado un recurso. El artículo 7 del Código Penal permite que algunas regiones las celebren y otras no

PÚBLICO París


El Tribunal Constitucional francés ha decidido que las corridas de toros no violan la Carta Magna. La decisión de la Corte llega después del recurso presentado por la Asociación de los Derechos de los Animales y el Comité anticorrida solicitando la prohibición de estos eventos por violar el artículo 7 del Código Penal francés, que legisla el maltrato animal en nombre de la tradición.
Y es precisamente en la tradición en lo que el Constitucional cree que las corridas no lo violan. "Estas prácticas tradicionales autorizadas no atentan contra los derechos constitucionales", sentenció el Tribunal, que juzgó que los toros estarían incluidos en las excepciones de ese artículo.
Las corridas de toros no se celebran en toda Francia, pero las regiones que sí lo hacen se acogen a esas excepciones del Código Penal. Los antitaurinos querían que se aplicara a todas las zonas de Francia la misma legislación para así prohibirlas.
"No es anticonstitucional prever estas diferencias de trato entre las regiones con tradición por la tauromaquia y las otras", dijeron los jueces del Palais Royal en su sentencia.
 

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