Fotos: Libera! Canarias
DIARIODEAVISOS.COM | Santa Cruz de Tenerife
La Asociación Animalista Libera! denuncia mediante un comunicado
enviado a este periódico un caso de maltrato animal en dependencias del
Ayuntamiento de La Laguna, concretamente, en un solar ubicado entre el
Camino Vallado y Camino La Villa, perteneciente al Organismo Autónomo de
Deportes del Ayuntamiento lagunero.
La llamada de una vecina alertó sobre la situación a la ONG, que al
comprobar el lugar encontró dos perros, uno de ellos muerto y otro con
evidentes síntomas de deshidratación, así como heridas causadas por las
astillas de un palet que habría utilizado para intentar protegerse del
sol y una herida antigua en el rabo, necrosado y que sangraba. Según la
denuncia de esta vecina, los perros llevan varios días en el solar, sin
que nadie acuda al mismo.
Los miembros de Libera! detallan que se trata de una perra mestiza,
blanca, hinchada por la descomposición, la cual tiene sobre su cabeza lo
que parece una aplanadora o apisonadora, compuesta por un rodillo
cilíndrico del cual sobresale un manillar azul, similar al de una
bicicleta. El animal tiene también una cadena enredada entre sus patas y
el cuello y una estructura de madera y algunos hierros que no se pueden
apreciar bien. Pudiera ser, afirma la ONG en la nota, que el animal se
enredara con la cadena que lo mantenía atado y en un intento desesperado
por soltarse tiró dicho rodillo, y que este se encontrara apoyado sobre
las caseta de plástico y cayera sobre el animal. De cualquiera de las
maneras no deja de ser una negligencia por parte de su propietario o
propietaria.
El animal fue atendido en el lugar y posteriormente trasladado a un
veterinario para su tratamiento y en ese lugar quedó el cadáver del otro
animal a la espera de que la Policía Local llegara en cualquier momento
para levantar acta y ordenar a llevarse el animal muerto.
Libera! Canarias denuncia que este hecho, “fruto de la inconsciencia
la falta de ética de los responsables, que incurre en el incumplimiento
de la Ley 8/1991 de Protección de los Animales, la Ordenanza Municipal
Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía del Ayuntamiento de La
Laguna, y que podría tipificarse como un delito de maltrato, según
varias sentencias que han sientan jurisprudencia en España,
fundamentadas en la aplicación del artículo 337 del código penal y que
castiga a “quienes maltrataran con ensañamiento o injustificadamente a
animales domésticos, causándoles la muerte o provocandoles lesiones que
produzcan un grave menoscabo físico” y que puede cometerse por acción,
pero también por omisión, como contempla el artículo 11 del código
penal, y dichas sentencias (por ejemplo la 135/10 del Juzgado de lo
Penal no 4 de Bilbao (Bizkaia) de 25 de marzo de 2010 ) “descuidar
dolosamente las condiciones de movilidad e higiene del animal”
causandole sed, hambre, frío, insolación y dolor considerable. Por lo
tanto las personas propietarias o poseedoras de animales debe responder
del delito por no evitar el resultado, lesiones o muerte.”
La asociación asegura que tomará medidas jurídicas oportunas y pedirá
responsabilidades al Ayuntamiento de La Laguna, que como organismo
competente debe velar por el cumplimiento de la Ley de protección de
Animales en Canarias y de que se cumpla la ordenanza por la que se
contemplan según el Artículo 7 las Obligaciones para con los animales de
compañía, por la cual queda expresamente prohibido “Maltratar a los
animales o someterlos a prácticas que les puedan producir sufrimiento o
daños injustificados, incluyendo la dejación en cuanto a sus
obligaciones como responsables de ofrecerle una protección y
alimentación adecuada” o “negarles la alimentación necesaria para su
normal desarrollo”, ya que los animales se encontraban en un depósito
perteneciente a dicho Ayuntamiento.
De igual forma, hacen un llamamiento a la reflexión y solicitamos a
los Ayuntamientos y a los Organismos Autónomos competentes, que
comiencen a sentar las bases para la correcta aplicación de la ley
8/1991 de Protección de los Animales en Canarias en lo que respecta a la
canalización de denuncias y aplicación de sanciones por infracciones
graves y delitos de maltrato animal.
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