miércoles, 24 de octubre de 2012

Nadie entrará en prisión por maltrato animal

Aunque incluye algunos avances que el Partido Animalista reclamaba, la reforma del Código Penal sigue siendo insuficiente como herramienta para defender a los animales.

Nadie entrará en prisión por maltrato animal Recientemente, el Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de reforma del Código Penal. Entre los artículos afectados por la reforma se encuentran varios de los referidos a la defensa de los animales.

El Partido Animalista - PACMA ha establecido a lo largo de este año diversas comunicaciones con representantes del Ministerio de Justicia y del Gobierno, a los que les ha hecho llegar diversas propuestas, algunas de las cuales han sido introducidas en el nuevo texto del Anteproyecto. Sin embargo, otras de las propuestas no han sido tenidas en cuenta, por lo que queremos hacer la siguiente valoración:

Consideramos que esta reforma del Código Penal no servirá para proteger los derechos de los animales y para que existan condenas que realmente tengan un efecto disuasorio sobre el maltrato animal.

La pena máxima de prisión por un delito de maltrato animal pasa a ser de 18 meses, frente a los 12 meses actuales. La ampliación del límite superior a 18 meses es totalmente insuficiente, puesto que las condenas no superiores a 2 años de prisión son suspendidas cuando el condenado carece de antecedentes penales. En la práctica, esto supone que nadie ingrese en prisión por maltratar animales.

Por otra parte, si bien valoramos positivamente que se establezca explícitamente la prohibición de tener animales a los autores de delitos de maltrato animal, consideramos que la duración de dicha pena es muy reducida. Con la nueva redacción, si alguien es condenado por torturar hasta la muerte a un animal, como máximo perderá su derecho a la tenencia de animales durante solamente cuatro años.

Asimismo, el artículo 337.4 tiene una reducción totalmente confusa: "Los que, fuera de los supuestos a que se refieren los apartados anteriores de este artículo, maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de uno a seis meses”. Dicha redacción no deja claro si maltratar cruelmente a un animal doméstico fuera de un espectáculo no autorizado legalmente es sancionable. Esto puede dar lugar a sentencias dispares, y a que muchos responsables de la comisión de este delito sean absueltos.

También valoramos positivamente que abandonar a un animal en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad pase a ser delito, puesto que antes era solamente una falta. Sin embargo, consideramos que la nueva pena sigue siendo reducida (multa de uno a seis meses, lo cual puede suponer en la práctica una multa de 60 euros), y que el delito debería abarcar a todos los que abandonen a un animal, con independencia de si se ha puesto o no en peligro la vida o la integridad del animal.

En resumen, la nueva redacción del Anteproyecto es insuficiente para defender a los animales, y está muy lejos de lo que tanto el Partido Animalista como el resto de organizaciones de derechos animales reclamamos. Sin embargo, debemos tener en cuenta que la actual redacción no es definitiva, y que todavía falta la tramitación parlamentaria, en la cual se podrán introducir enmiendas por los diferentes grupos políticos. Por lo tanto, desde el Partido Animalista seguiremos llevando a cabo encuentros con los representantes del gobierno y de los grupos parlamentarios con el objetivo de conseguir una reforma del Código Penal que realmente suponga un avance en cuanto a la defensa de los animales.

Tras esta reforma del Código Penal, es de esperar que transcurran muchos años hasta que se produzca una nueva reforma. Por ese motivo, animamos a los ciudadanos a continuar reclamando un Código Penal que realmente tenga en cuenta los derechos de los animales. Lo que ocurra a lo largo de los próximos meses es clave, por lo que deben redoblarse los esfuerzos en esta dirección.
 

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