Dos movimientos antitaurinos habían presentado un recurso. El artículo 7 del Código Penal permite que algunas regiones las celebren y otras no
El Tribunal Constitucional francés ha decidido que las
corridas de toros no violan la Carta Magna. La decisión de la Corte
llega después del recurso presentado por la Asociación de los Derechos
de los Animales y el Comité anticorrida solicitando la prohibición de
estos eventos por violar el artículo 7 del Código Penal francés, que
legisla el maltrato animal en nombre de la tradición.
Y es
precisamente en la tradición en lo que el Constitucional cree que las
corridas no lo violan. "Estas prácticas tradicionales autorizadas no
atentan contra los derechos constitucionales", sentenció el Tribunal,
que juzgó que los toros estarían incluidos en las excepciones de ese
artículo.
Las corridas de toros no se celebran en toda Francia,
pero las regiones que sí lo hacen se acogen a esas excepciones del
Código Penal. Los antitaurinos querían que se aplicara a todas las zonas
de Francia la misma legislación para así prohibirlas.
"No es
anticonstitucional prever estas diferencias de trato entre las regiones
con tradición por la tauromaquia y las otras", dijeron los jueces del
Palais Royal en su sentencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario